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¿Qué se necesita para abrir un bar en España?

Asesoría contable
¿Qué se necesita para abrir un bar en España?

Publicado por Emilio Bocigas Aguilera el junio 20, 2025

Abrir un bar en España requiere cumplir con una serie de requisitos legales, administrativos y operativos que van desde licencias municipales hasta normativas sanitarias y laborales. Conocer cada paso del proceso es esencial para evitar sanciones y garantizar una apertura sin contratiempos. Una planificación adecuada, que contemple aspectos fiscales, técnicos y comerciales, es clave para asegurar la viabilidad y el éxito del negocio desde el inicio. En Novum Asesores somos expertos en asesoría para la hostelería, por lo que podemos ayudarte con todos los trámites.


1. Planificación y viabilidad de abrir un bar

Antes de lanzarse a abrir un bar, es fundamental realizar una planificación previa que asegure la viabilidad del negocio. Elaborar un plan de negocio detallado permite anticipar riesgos, estimar inversiones, definir estrategias comerciales y establecer metas realistas. Un enfoque estructurado ayuda no solo a atraer posibles inversores o acceder a financiación, sino también a tomar decisiones basadas en datos y no solo en intuiciones. La clave está en comprender el entorno competitivo, identificar oportunidades de mercado y tener claro el concepto y posicionamiento del bar.

Elaboración del plan de negocio

El primer paso para abrir un bar con garantías de éxito es definir con claridad el modelo de negocio. Esto incluye seleccionar el tipo de bar (tradicional, de copas, temático, gastrobar, etc.), detallar la oferta de productos (comida, bebida, eventos), establecer una política de precios coherente con el segmento elegido y concretar el perfil del público objetivo.

El análisis de mercado debe recoger información sobre la competencia, las tendencias de consumo en la zona y las necesidades del cliente ideal. A partir de este análisis, se diseñan las estrategias de marketing y promoción (online y offline), así como el enfoque diferenciador del bar.

Las proyecciones financieras son una parte clave: hay que estimar los costes iniciales (reforma del local, mobiliario, licencias, proveedores), los gastos fijos mensuales (alquiler, personal, suministros) y los ingresos esperados. Este análisis permitirá evaluar la rentabilidad esperada y el punto de equilibrio, estableciendo una base sólida para la toma de decisiones.

Elección del local

La elección del local puede determinar en gran parte el éxito o fracaso del bar. La ubicación es esencial: debe haber afluencia de público, visibilidad y facilidad de acceso. También conviene estudiar el entorno, la competencia cercana y el perfil del barrio o zona comercial.

Desde el punto de vista técnico, el local debe cumplir con los requisitos mínimos de ventilación, salidas de emergencia, insonorización, instalaciones eléctricas y accesibilidad. Es recomendable solicitar un informe urbanístico al ayuntamiento para confirmar que el uso del local es compatible con la actividad de bar.

Además, es importante valorar la posibilidad de adaptación del espacio: si se necesitan obras, reformas o si ya cuenta con instalaciones previas (cocina, salida de humos, baños adaptados), terraza (esta puede ser clave para su funcionamiento).

Evaluar estos aspectos antes de firmar un contrato de arrendamiento puede evitar costes imprevistos y agilizar los trámites de apertura.

2. Licencias y permisos municipales necesarios para abrir un bar

Para abrir un bar en España, uno de los aspectos fundamentales es contar con las licencias y permisos municipales exigidos por el ayuntamiento correspondiente. Estos documentos garantizan que el establecimiento cumple con las normativas de seguridad, salubridad, accesibilidad y uso del suelo. Entre los permisos más habituales se encuentran la licencia de apertura o actividad, la licencia de obras si se prevén reformas, y la autorización para instalar una terraza en la vía pública. Gestionarlos correctamente evita sanciones y retrasos en la puesta en marcha del negocio.

Licencia de apertura o actividad

La licencia de apertura, también conocida como licencia de actividad, es el permiso municipal que autoriza a iniciar una actividad comercial en un determinado local. En el caso de los bares, esta licencia acredita que el establecimiento cumple con las normativas urbanísticas, ambientales y de seguridad aplicables.
Para obtenerla, se debe presentar un proyecto técnico firmado por un profesional competente (ingeniero o arquitecto), que describa las características del local, sus instalaciones, accesos, insonorización, salidas de emergencia, etc. También se adjuntan certificados de cumplimiento de normativas y, en algunos casos, una declaración responsable.

El procedimiento varía ligeramente según el municipio, pero suele incluir una inspección técnica del local antes de la concesión definitiva. En algunos casos, se puede iniciar la actividad con una licencia provisional o una declaración responsable, mientras se tramita la autorización definitiva.

Licencia de obras (si corresponde)

Si el local requiere reformas para adaptarlo a la actividad de bar, será necesario solicitar una licencia de obras ante el ayuntamiento. Esta licencia autoriza la realización de trabajos como redistribución de espacios, instalación de salidas de humos, adecuación de baños o mejora de accesibilidad.

La solicitud debe incluir una memoria técnica o proyecto de obra, planos, presupuesto estimado y, si procede, el permiso de la comunidad de propietarios. La tipología de obra (menor o mayor) determinará los requisitos exactos y los plazos de tramitación.

Es imprescindible no iniciar las obras sin este permiso, ya que hacerlo puede conllevar sanciones y paralización de los trabajos.

Permiso para instalación de terraza en vía pública

Si se desea colocar mesas y sillas en el exterior del bar (acera o zona peatonal), es obligatorio obtener una autorización específica del ayuntamiento para la instalación de terraza. Este permiso regula el uso del espacio público y se concede según criterios de ocupación, accesibilidad, ruido y estética.

La solicitud debe incluir un plano detallado de la terraza proyectada, indicando número de mesas y sillas, dimensiones, ubicación exacta y elementos complementarios (sombrillas, jardineras, estufas, etc.). También se puede requerir un seguro de responsabilidad civil.

El permiso puede ser anual o estacional, con tasas que varían según la superficie ocupada y la normativa municipal. En algunas ciudades, existe una ordenanza específica para terrazas, que establece horarios, limitaciones sonoras y criterios de convivencia con los vecinos. Su cumplimiento es fundamental para evitar sanciones y garantizar la continuidad del uso autorizado.

3. Permiso para utilizar la vía pública

Cuando un bar desea instalar mesas, sillas u otros elementos en la vía pública —ya sea en aceras, plazas o zonas peatonales— debe contar con un permiso específico del ayuntamiento. Este trámite es obligatorio y está regulado por ordenanzas municipales que establecen los criterios para la ocupación del dominio público, con el fin de garantizar la seguridad, accesibilidad y convivencia ciudadana.

El permiso para utilizar la vía pública suele denominarse licencia de terraza o autorización para instalación de terraza, y su concesión depende de varios factores: el ancho de la acera, el tránsito peatonal, la cercanía a pasos de peatones o zonas escolares, y el cumplimiento de condiciones técnicas (como separación mínima entre mesas o entre la terraza y la calzada).

Para solicitarlo, el titular del bar debe presentar un plano detallado con la disposición del mobiliario, las medidas exactas, y en algunos casos, una memoria explicativa. También se suele exigir una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros derivados del uso de la terraza.

La autorización tiene carácter temporal (generalmente anual o estacional) y conlleva el pago de una tasa municipal, que varía según el municipio y los metros cuadrados ocupados. Es fundamental respetar las condiciones impuestas en la resolución, ya que su incumplimiento puede dar lugar a sanciones o la revocación del permiso.

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4. Inscripción y autorizaciones específicas según la comunidad autónoma

Además de las licencias municipales, en algunas comunidades autónomas es obligatorio inscribir el establecimiento en un registro autonómico de actividades turísticas. Esta inscripción permite a la administración autonómica llevar un control sobre los negocios relacionados con la hostelería y el turismo, garantizando que cumplan con los estándares de calidad, seguridad y atención al cliente establecidos por la normativa regional. La obligación varía según la comunidad y el tipo de servicio prestado, por lo que es fundamental consultar la normativa autonómica aplicable antes de abrir el bar.

Inscripción en el Registro de Actividades Turísticas

En varias comunidades autónomas, como Andalucía, Cataluña, Canarias, Baleares o Madrid, los bares y restaurantes deben inscribirse en el Registro de Actividades Turísticas para poder operar legalmente como parte del sector turístico. Esta inscripción no siempre es obligatoria para todos los bares, pero sí para aquellos que ofrecen servicios turísticos complementarios, forman parte de rutas gastronómicas o están ubicados en zonas declaradas de interés turístico.

El trámite se realiza ante la consejería autonómica competente en turismo (por ejemplo, la Consejería de Turismo o equivalente), mediante la presentación de una declaración responsable o una solicitud formal, acompañada de documentación como la licencia de apertura, planos del local y, en algunos casos, certificados sanitarios o de calidad.

La normativa autonómica regula también aspectos como la información al cliente, la exhibición de precios, la formación del personal y los derechos del consumidor. Incumplir esta obligación puede acarrear sanciones o la inhabilitación para ejercer la actividad turística.

5. Obligaciones legales, fiscales y laborales

Cumplir con las obligaciones legales, fiscales y laborales es imprescindible para abrir y gestionar un bar de forma segura y sin contratiempos. Desde el alta como autónomo o sociedad hasta la gestión de personal o la prevención de riesgos laborales, cada paso implica trámites específicos que deben realizarse correctamente. Un error en esta fase puede suponer sanciones económicas o incluso el cierre del negocio. En Novum Asesores te ayudamos con todo el papeleo y resolvemos cualquier duda para que puedas centrarte en lo más importante: hacer crecer tu negocio.

Alta en Hacienda y Seguridad Social

El primer paso para iniciar legalmente la actividad es darse de alta en Hacienda mediante la presentación del modelo 036 o 037, indicando el epígrafe del IAE correspondiente a la actividad de bar. Si el titular es persona física, debe darse de alta como autónomo; si se constituye una sociedad, se necesitará obtener un CIF y realizar su inscripción en el Registro Mercantil.

En ambos casos, es imprescindible comunicar el inicio de la actividad económica y asegurarse de que la forma jurídica elegida (autónomo o sociedad) sea la más adecuada en función del volumen de negocio esperado y las responsabilidades legales. Este paso también es clave para poder emitir facturas, deducir gastos y cumplir con las obligaciones fiscales periódicas (IRPF, IVA, etc.).

Comunicación de apertura del centro de trabajo

Cuando el bar va a contar con empleados, es obligatorio comunicar la apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral de la comunidad autónoma correspondiente. Este trámite debe realizarse al menos 30 días antes del inicio efectivo de la actividad laboral y sirve para que la administración tenga constancia de las condiciones del centro en materia de seguridad y salud.

La comunicación incluye información sobre el número de trabajadores, la actividad desarrollada, el domicilio del centro y las características del local. Además, es necesario inscribir la empresa en la Seguridad Social como empleadora, y dar de alta a los trabajadores contratados. En Novum Asesores te guiamos en todo este proceso para que cumplas con los plazos y requisitos sin complicaciones.

Prevención de riesgos laborales

La normativa de prevención de riesgos laborales exige que cualquier empresa con trabajadores disponga de un plan de prevención adaptado a su actividad. En el caso de un bar, esto incluye evaluar riesgos vinculados a la manipulación de alimentos, uso de maquinaria, exposición a productos químicos o riesgos ergonómicos.

Para cumplir con esta obligación, lo habitual es contratar un servicio de prevención ajeno, que realizará una evaluación inicial, elaborará la documentación obligatoria (plan de prevención, formación e información a los trabajadores, reconocimientos médicos, etc.) y realizará visitas periódicas. Este servicio es esencial para garantizar la seguridad del personal y evitar sanciones en caso de inspección. En Novum Asesores te ayudamos a contratar el servicio adecuado y mantener toda la documentación al día.

Hojas de reclamaciones

Todo establecimiento abierto al público, como un bar, debe disponer de hojas de reclamaciones a disposición de los clientes. Además, esta obligación debe ser comunicada a la administración de consumo de la comunidad autónoma correspondiente, y se debe exhibir un cartel visible que informe de su existencia.

Las hojas deben estar homologadas y seguir el modelo oficial de la comunidad. Si un cliente solicita una hoja y presenta una reclamación, el establecimiento tiene la obligación de responder y remitir copia a la administración. No disponer de ellas, ocultarlas o negarse a entregarlas puede conllevar sanciones importantes y afectar la imagen del negocio. En Novum Asesores te facilitamos las hojas oficiales, te indicamos cómo registrarlas y te asesoramos sobre cómo actuar ante cualquier reclamación.

6. Normativas sanitarias y de seguridad

Autorización sanitaria

La autorización sanitaria la emiten las autoridades sanitarias autonómicas o locales (como la Consejería o Dirección General de Salud Pública). Este permiso garantiza que el bar cumple con las normativas de higiene, manipulación de alimentos y salubridad. Para obtenerla, se debe presentar una comunicación previa o solicitud formal ante el organismo autonómico correspondiente, acompañada de documentación técnica (planos del local, sistema APPCC, memoria técnica, etc.)
Además, el establecimiento estará sujeto a inspecciones sanitarias periódicas para verificar la correcta conservación de alimentos, el control de temperaturas, la limpieza y la gestión de alérgenos.

Una vez aprobada, la autorización se mantiene en vigor mientras se mantengan las condiciones, aunque pueden requerirse renovaciones o actualizaciones ante modificaciones del local o la actividad.

Requisitos de higiene, accesibilidad y seguridad

Los bares deben mantener medidas de limpieza rigurosas: superficies desinfectadas, recogida adecuada de residuos y control de plagas. Es obligatorio implementar un sistema APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control). Las instalaciones han de contar con ventilación adecuada, puntos de agua para lavado y mantenimiento de temperaturas reguladas.

En materia de seguridad, el bar debe disponer de salidas de emergencia visibles y sin obstáculos, rutas de evacuación señalizadas, extintores homologados y revisiones periódicas de las instalaciones eléctricas y de gas. Además, deben respetarse las normativas de accesibilidad, como pasillos de al menos 80 cm, baños adaptados y entradas sin barreras arquitectónicas. Cumplir estas exigencias garantiza la seguridad de empleados y clientes, y evita sanciones e inspecciones desfavorables.

Carné de manipulador de alimentos

Aunque el antiguo «carné» fue sustituido en 2000, sigue siendo obligatorio que todo el personal que manipule alimentos reciba una formación específica.
Esta formación puede impartirse internamente o mediante cursos certificados por entidades acreditadas. Capacitaciones incluyen aspectos clave como higiene, temperaturas, prevención de contaminación y gestión de alérgenos. Es requisito legal que los trabajadores acrediten esta formación, ya sea con título oficial (FP u homologado), o certificado emitido por centros autorizados, y debe poder acreditarse ante una inspección sanitaria.

¿Es necesaria una autorización para la instalación de máquinas recreativas?

Sí. Para instalar máquinas recreativas—tipo A (sin premio como pinballs) o tipo B (con premio como tragaperras)—en un bar, es obligatorio tramitar una autorización de instalación y una de explotación. El Real Decreto 2110/1998 establece que la solicitud se presenta ante la autoridad provincial o autonómica, y debe incluir documentos como la licencia municipal de apertura, alta del IAE, plano del local y declaración responsable.

El permiso suele tener una vigencia de 3–5 años (en Madrid, 5 años) y se renueva tras revisión técnica. En la Comunidad de Madrid, el Decreto 73/2009 regula este proceso. La instalación debe ser solicitada conjuntamente por el titular del bar y una empresa operadora, que gestiona y mantiene la máquina.

Además, se requiere la contratación de un contrato mercantil entre operador y dueño del local, y el permiso debe estar expuesto en el establecimiento. El operador obtiene la autorización de explotación además de la de instalación. Se pueden instalar normalmente hasta 2 máquinas de tipo B en Madrid, ubicándolas dentro del bar (nunca en la terraza). El proceso tarda de 1 a 2 semanas y es recomendable hacerlo con apoyo de una empresa especializada para asegurar el cumplimiento normativo.

7. Seguro de responsabilidad civil

Contratar un seguro de responsabilidad civil es una medida fundamental para cualquier bar, ya que protege al titular del negocio frente a posibles reclamaciones por daños personales o materiales causados a terceros durante el desarrollo de la actividad. Estos daños pueden originarse por caídas de clientes en el local, intoxicaciones alimentarias, incendios, roturas de mobiliario u otros accidentes derivados del funcionamiento diario del establecimiento.

En la mayoría de los casos, este seguro no solo es altamente recomendable, sino que también puede ser obligatorio. En muchas comunidades autónomas, su contratación es un requisito legal para tramitar licencias municipales, autorizaciones sanitarias o para la instalación de terrazas en la vía pública. Además, si se cuenta con personal contratado o se manipulan alimentos, las autoridades sanitarias o laborales pueden exigir que exista una cobertura mínima frente a terceros.

El seguro debe cubrir tanto daños personales como materiales, con una suma asegurada suficiente (normalmente a partir de 300.000 €) y, en algunos casos, incluir coberturas específicas como defensa jurídica o siniestros causados por maquinaria o instalaciones eléctricas.

Además de cumplir con la normativa, contar con este seguro transmite confianza a los clientes y aporta tranquilidad al empresario frente a imprevistos. En Novum Asesores te ayudamos a elegir la póliza más adecuada para tu bar y a integrarla dentro del conjunto de requisitos obligatorios para la apertura del negocio.

8. Costes asociados a la apertura de un bar

Abrir un bar en España implica asumir una serie de costes iniciales y recurrentes que deben ser cuidadosamente planificados para asegurar la viabilidad del negocio.

La inversión total varía en función del tipo de bar, la ubicación, el estado del local y el enfoque del proyecto, pero es fundamental considerar todos los elementos que inciden en el arranque y funcionamiento del establecimiento.

Inversión inicial

Entre los principales costes destaca la inversión inicial, que incluye el pago del traspaso (si lo hubiera), la fianza del alquiler, la compra o reforma del mobiliario, la instalación de maquinaria (cafeteras, cámaras, cocina, etc.) y la adecuación del local según normativas técnicas y sanitarias. Este importe puede oscilar entre 30.000 y 100.000 euros o más, dependiendo de la envergadura del proyecto.

Gastos administrativos

A ello se suman los gastos administrativos, como licencias de apertura, autorizaciones municipales, permisos de terraza o tasas sanitarias, que pueden suponer entre 2.000 y 6.000 euros. También hay que contemplar el coste del seguro de responsabilidad civil, la contratación de un servicio de prevención de riesgos laborales y las altas fiscales y laborales.

Desglose

  1. Licencia de apertura o actividad (municipal): Coste estimado: 300 € a 1.500 €
    Depende del municipio, la superficie del local y si es calificada como actividad inocua o clasificada. En ciudades grandes como Madrid o Barcelona puede superar los 1.000 €.
  2. Proyecto técnico y planos (ingeniero o arquitecto): Coste estimado: 500 € a 2.000 €
    Es obligatorio para tramitar la licencia. Si se requieren informes acústicos o contra incendios, el coste sube.
  3. Licencia de obras (si se reforma el local): Coste estimado: 200 € a 1.000 €
    Incluye la tasa por licencia y, en algunos casos, el impuesto sobre construcciones (ICIO, normalmente un % del coste de obra).
  4. Autorización sanitaria / declaración responsable: Coste estimado: 0 € a 300 €
    En muchas comunidades no tiene tasa, pero hay que asumir el coste de preparación del expediente por parte de un técnico.
  5. Permiso de terraza (si se solicita): Coste estimado: 300 € a 1.000 € anuales
    En función del número de mesas y sillas y del municipio. Puede cobrarse por metro cuadrado ocupado.
  6. Otros costes complementarios
    Alta IAE / Modelo 036: gratuito, pero puede requerir asesoría.
    • Registro en actividades turísticas (si aplica): gratuito en Madrid, pero en otras CCAA puede haber tasas.
    Notaría y Registro Mercantil (si es sociedad): 250 € a 600 €, puede requerir asesoría.

Total estimado

Mínimo razonable (actividad sencilla sin obras ni terraza): ~2.000 €
Caso con obras, terraza y sociedad mercantil: ~5.000–6.000 €

Capital de trabajo inicial

Por último, es necesario prever un capital de trabajo inicial, destinado a cubrir el aprovisionamiento, los salarios del primer mes, gastos de luz, agua, publicidad y otros costes operativos hasta que el negocio comience a generar ingresos. Una previsión realista es clave para evitar tensiones de tesorería desde el primer día.

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En Novum Asesores te ayudamos con licencias, alta en Hacienda, prevención de riesgos y todo lo necesario para abrir tu negocio sin complicaciones.

9. Ayudas y subvenciones disponibles para nuevos bares (2025)

Ayudas estatales

Kit Digital

  • Importes: hasta 3 000 € para microempresas (0–2 empleados), hasta 6 000 € para pequeñas (3–9 empleados), y hasta 29 000 € para medianas empresas (50–249 empleados).
  • Plazo: solicitudes abiertas hasta el 31 de octubre de 2025.
  • Requisitos: alta en RETA, estar al día con Hacienda y Seguridad Social, antigüedad mínima de 6 meses y elección de agente digitalizador.

Tarifa plana para autónomos (también para autónomos societarios)

  • Cuota reducida: 80 €/mes
  • Durante los primeros 12 meses, los nuevos autónomos abonan una cuota fija de 80 € al mes, independientemente de sus ingresos

Bonificaciones en cuota de autónomos (variadas por CCAA)

  • Cuota Cero / Tarifa Plana Extendida
  • Cobertura: exención total de la cuota de autónomos durante los primeros 12 meses.
  • Requisitos: alta nueva en RETA, sin baja en los últimos 2 años, estar al corriente con las obligaciones fiscales y cumplimiento de requisitos específicos según CCAA.
  • Plazo: variable según cada comunidad, generalmente dentro de los 3 primeros meses tras finalizar la tarifa plana estatal.

Ayudas autonómicas al emprendimiento

  • Varias CCAA (Andalucía, Aragón, Murcia, Cantabria…) ofrecen subvenciones entre 3 800 € y 9 000 €, según perfil del solicitante (edad, género, zona rural, etc.).
  • En Aragón, por ejemplo, existen ayudas específicas para autoempleo, relevo generacional y primer empleo, con convocatorias abiertas hasta el 30 de octubre de 2025.
  • Cantabria, Galicia y Extremadura también contemplan ayudas adicionales por maternidad, discapacidad o ingresos reducidos.
  • La Comunidad de Madrid concede subvenciones para cubrir gastos iniciales (notaría, inscripciones, licencias, alquiler, asesoría…) hasta 4.580 € en 2025

Ayudas municipales

También puede haber municipales, como las del ayuntamiento de Madrid:

  • Relevo generacional: 10.000 € por asumir un bar traspasado en 2024
  • Creación neta de empleo indefinido: hasta 5.000 € si incrementas plantilla con contratos indefinidos en 2024

10. Consejos para una apertura exitosa de tu bar

Una apertura bien planificada puede marcar la diferencia entre el éxito y el estancamiento de un bar desde el primer día. El objetivo debe ser atraer al mayor número posible de potenciales clientes, generar una primera impresión positiva y comenzar a construir una base de clientes fieles.

Antes de abrir, diseña una estrategia de marketing local: utiliza redes sociales para generar expectación, comparte el proceso de preparación del local, y lanza una campaña con fecha de inauguración. Ofrece descuentos o consumiciones gratuitas limitadas durante los primeros días para incentivar la visita y crear un ambiente dinámico.

La promoción boca a boca es fundamental. Invita a vecinos, comerciantes del entorno, y conocidos a la inauguración, y ofrece algún beneficio a quienes recomienden el bar. Colabora con negocios cercanos o proveedores locales para ampliar el alcance.

En cuanto al servicio, asegúrate de una gestión eficiente desde el inicio: ten el equipo formado, define protocolos claros de atención al cliente, y presta especial atención a los tiempos de espera, limpieza y calidad de los productos. Usa herramientas de gestión (TPV, control de stock, reservas) para evitar errores operativos.

Finalmente, inicia desde el primer día una estrategia de fidelización, como tarjetas de cliente frecuente, sorteos en redes sociales o encuestas con premios. Un cliente satisfecho no solo repite, sino que también te recomienda.

11. ¿Necesitas ayuda para abrir tu bar? Contacta con nosotros

Abrir un bar con éxito requiere mucho más que una buena idea: implica cumplir con una compleja red de requisitos legales, fiscales, laborales y administrativos. En Novum Asesores te acompañamos en cada paso del proceso para que puedas centrarte en lo realmente importante: tu negocio.

Ofrecemos un servicio integral de asesoría fiscal, contable, laboral y legal, especializado en el sector de la hostelería. Nos encargamos de gestionar altas en Hacienda y Seguridad Social, constitución de sociedades, obtención de licencias de apertura y terraza, prevención de riesgos laborales, gestión de nóminas y mucho más.

Nuestro equipo cuenta con una sólida experiencia asesorando a emprendedores del sector, por lo que conocemos los trámites específicos, los errores más comunes y cómo evitarlos. Además, te ayudamos a aprovechar ayudas y subvenciones públicas vigentes, y a cumplir con las obligaciones normativas desde el primer día.

Con nosotros, abrir tu bar será un proceso ágil, seguro y totalmente adaptado a la legalidad. Si estás pensando en emprender, contacta con Novum Asesores y deja que nos ocupemos del papeleo mientras tú das vida a tu proyecto.

Emilio Bocigas Aguilera, nacido en Madrid en 1974, es un profesional con una sólida formación en Derecho, Contabilidad y Tributación, especializado en el asesoramiento integral a pymes. Licenciado en Derecho por la Universidad San Pablo CEU y Máster en Asesoría Jurídica de Empresas por el Instituto de Empresa, Emilio ha desarrollado una trayectoria profesional enfocada en la intersección entre el ámbito jurídico y la gestión empresarial.